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EL CONSEJO ANDALUZ RESUELVE A FAVOR DEL COLEGIO Y DESESTIMA LA IMPUGNACION DE LA MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS APROBADOS EN ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE 15 DE SEPTIEMBRE DE 2015

Por Resolución de 5 de Marzo de 2016 el Pleno del Consejo Andaluz de Colegios de Ingenieros Técnicos Industriales ha dado la razón al Colegio de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Málaga, se ha desestimado el Recurso de Alzada presentado, por la llamada “Asociación Alternativa Copitima“, contra la Aprobación de la modificación de los Estatutos del Colegio en Junta General Extraordinaria del pasado 15 de septiembre de 2015.

La propia Resolución del Consejo Andaluz ha recogido en su Considerando Tercero, letra D: 

“Analizada la documentación así como el visionado del video de la grabación de la Junta, no se aprecia que se haya lesionado derecho o libertad alguna susceptible de amparo constitucional ; ni que el órgano sea manifiestamente incompetente ; ni que el acuerdo tenga un contenido imposible; no hay derechos constitutivos de infracción penal; no se prescinde del procedimiento; no se adquieren facultades o derechos careciendo de los requisitos esenciales para su adquisición y no se vulneran normas legales.

Los impugnantes no solo no acreditan el supuesto descontrol  que se alega sino que ciertamente del visionado de la grabación no se aprecia que exista desorden ni en la entrada ni en la salida, ni durante el desarrollo de la propia Junta General, más allá de las discrepancias lógicas que puede haber cuando en una asamblea hay posturas distintas e incluso enfrentadas, como claramente se deduce las había.

La documentación aportada es totalmente coherente con la grabación, grabación que por otra parte los propios recurrentes reconocen fueron informados  en la hoja impresa que les fue repartida y sobre las que no hicieron alusión, ni entendemos infringe normativa alguna dado el uso interno dado y, en especial muy útil para esclarecer los presentes hechos. Constan las firmas de los asistentes, consta  claramente el recuento de cada una de las votaciones, coincidente con el acta y con la certificación aportada  y solicitada en primer término por algún colegiado. Se procede a efectuar votación incluso para elegir el sistema de votación por lo que nada irregular se comete.”


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